Acción de inconstitucionalidad 78/2026. Resuelta el 14 de octubre de 2026.
Diversas disposiciones de la reforma electoral de Quintana Roo fueron impugnadas por considerar que podían afectar derechos de los pueblos y comunidades indígenas, modificar el sistema de representación proporcional y omitir medidas que garantizaran la participación política de las personas con discapacidad en condiciones de igualdad.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación estudió estos planteamientos en la Acción de Inconstitucionalidad 78/2026. El Pleno concluyó que no era necesaria una consulta previa a los pueblos y comunidades indígenas, porque las normas cuestionadas incidían de manera general en toda la ciudadanía y no generaban una afectación específica y diferenciada. También validó los cambios al sistema de representación proporcional al estimar que se encontraban dentro de la libertad configurativa del legislador local. Para sostener su decisión, retomó precedentes sobre consulta indígena, representación proporcional, libertad configurativa y acciones afirmativas.
Por otra parte, la Corte declaró fundada la omisión legislativa relacionada con la falta de medidas afirmativas para asegurar la participación política de las personas con discapacidad en condiciones de igualdad. Como efecto de la resolución, vinculó al Congreso de Quintana Roo para corregir esa omisión antes del proceso electoral local de 2030.

