Acción de Inconstitucionalidad 32/2026. Resuelta el 25 de agosto de 2026.
La Acción de Inconstitucionalidad 32/2026 cuestionó una disposición de la Ley de los Derechos de las Personas Indígenas y Afromexicanas en el Estado de Nuevo León, que limitaba el derecho a la consulta a las medidas susceptibles de afectar derechos "colectivos", dejando fuera posibles afectaciones a derechos individuales.
La SCJN consideró que esta restricción imponía una condición no prevista en la Constitución y excluía indebidamente los derechos individuales de las personas indígenas y afromexicanas, aun cuando estos pueden encontrarse estrechamente vinculados con la vida y existencia de sus comunidades.
Finalmente, declaró la invalidez de la expresión "colectivos", de manera que el derecho a la consulta no quede limitado a afectaciones de carácter colectivo, sino que también proteja aquellas que incidan en derechos individuales.
Recurso de reclamación 119/2025 y 120/2025. Resuelta el 25 de agosto de 2026.
Los Recursos de Reclamación 119/2025 y 120/2025 fueron promovidos por la Comunidad Mazahua de Crescencio Morales, perteneciente al municipio de Zitácuaro, Michoacán, dentro de una controversia constitucional relacionada con normas sobre autogobierno indígena, al considerar que la resolución del juicio podía incidir directamente en sus derechos.
La SCJN reconoció que la comunidad debe participar como tercero interesado, precisamente porque la decisión que se adopte puede afectar su esfera jurídica, por lo que debe contar con una intervención plena dentro del procedimiento.
Sin embargo, rechazó la solicitud de celebrar una audiencia pública, al señalar que esa cuestión ya había sido resuelta previamente por el Pleno de la Corte.

